Con el sonido de alerta sísmica: ¡NO TE ALARMES, PONTE ALERTA!
Recuerda que el uso del sonido oficial de la Alerta Sísmica es de uso restringido de acuerdo a:
1.- La NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA NTCPC-007 ALERTAMIENTO SÍSMICO-2017 publicada el 2 de Marzo de 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que señala en su inciso 9.8.5: “Su uso indebido y no autorizado que ponga en riesgo a las personas podrá ser sancionado de acuerdo a las leyes vigentes en materia de seguridad y protección civil que correspondan”.
2.- La LEY DE CULTURA CÍVICA DEL DISTRITO FEDERAL:
«Artículo 25.- Son infracciones contra la seguridad ciudadana:
IX. Solicitar los servicios de emergencia, policía, bomberos o de establecimientos médicos o asistenciales, públicos o privados, cuando no se requieran. Asimismo, proferir voces, realizar actos o adoptar actitudes que constituyan falsas alarmas de siniestros o que puedan producir o produzca el temor o pánico colectivos.
Las infracciones serán con multa por el equivalente de 21 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente o con arresto de 25 a 36 horas.»