Continuamos con las amenas entregas que estaremos publicando sobre el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México. Hoy mostramos lo establecido en el Capítulo III: Sistema de Alerta Temprana y Alertas, relacionado con el trabajo que CIRES, A.C. realiza a través del Sistema de Alerta Sísmica Mexicano SASMEX y la reducción del riesgo sísmico.
En esta publicación, mostramos la segunda parte de lo que establece el artículo 76: “… queda prohibido que particulares emitan alertamientos al público en general o repliquen el mismo sin autorización previa de la Secretaría…”.